¿TIENE ALGUNA CONTRAINDICACIÓN?
El régimen no ha de sobrepasar los siete días. Sin embargo, se podrá hacer siempre que se haya realizado un exceso de alimentación prolongado, como es el caso de los períodos vacacionales de Navidad, Semana Santa o verano.
No deben hacerla las personas que tengan diabetes insulinodependiente o enfermedad renal crónica. Tampoco aquellas que padezcan procesos infecciosos agudos, síndromes dispépsicos, hiperclorhidrias o cualquier enfermedad conjuntiva, alteraciones psicológicas importantes, ni aquellas personas en las que se haya demostrado la sensibilización alérgica a alguno de los ingredientes